El Poder ejecutivo quien remitió la propuesta para su tratamiento en los fundamentos indicó que “la clasificación y codificación de actividades del Nomenclador fue el resultado de un largo proceso de recepción de los avances que se han producido en el campo tecnológico y en el desarrollo de las actividades económicas, que comprendió asimismo una necesaria armonización y homogeneización a nivel nacional, con la Administración Federal de Ingresos Públicos –AFIP, y provincial – con todas las jurisdicciones que componen el país”.
En este sentido explicó que “La tarea en el ámbito local implica una reformulación del artículo 12 de la Ley Tarifaria Nº 299-F, a los fines de facilitar la interpretación y aplicación de la normativa, armonizando algunas alícuotas en el Impuesto sobre los ingresos brutos, tales como la reducción de la alícuota aplicable a las cooperativas agropecuarias, esencialmente en la actividad del acopio, a los fines de equilibrar el tratamiento fiscal respecto de los acopiadores quienes actualmente tributan a una alícuota inferior. Teniendo presente, de éste modo, el rol esencial que cumplen dichas cooperativas en la Provincia del Chaco, como herramientas de desarrollo agrícola, especialmente de los pequeños productores” fundamenta.