En tanto, se suspenden los plazos ya iniciados correspondientes al período de exclusividad y supuestos especiales previstos en los artículos 43 y 48 de la ley nacional 24.522 y modificatorias -Concursos y quiebras-, respecto de la “Cooperativa Agropecuaria La Unión Limitada”.
La sanción legislativa establece que a efectos de acceder a los beneficios, la “Cooperativa Agropecuaria La Unión Limitada”, deberá acreditar su condición mediante la presentación de la siguiente documentación ante la autoridad judicial: Estatuto de la Cooperativa
Constancia de C.U.I.T. actualizada; Título de propiedad y/o contrato de arrendamiento del campo, certificado por escribano público; Constancia de inscripción en la Administración Tributaria Provincial A.T.P; Constancia de inscripción en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (S.I.S.A.), dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.
Nómina de autoridades de la Cooperativa; Último balance aprobado y acta de Asamblea aprobando acogerse al beneficio.
La diputada Liliana Spoljaric destacó la historia y la trayectoria de esta Cooperativa que hoy cuenta con más de 40 empleados, y apuntó “sabemos que está pasando un momento difícil por el coronavirus pero debemos estar acá porque es nuestro deber, somos funcionarios públicos y nos debemos a la gente”.