A raíz de la propuesta legislativa de los diputados Juan Carlos Ayala y Liliana Spoljaric y mediante la reformulación de los artículos 8, 10, 12 y 13; y con la inserción del artículo 13° Bis, se busca lograr practicidad a las gestiones, como la visualización de las actas de infracciones de tránsito labradas en el territorio provincial, permitiendo al infractor consultar en forma simple y segura la información personal y generar los cupones de pago que permitan cancelar las infracciones de forma voluntaria, en cualquier instancia del procedimiento.
Por su parte, la incorporación del Artículo 13° Bis, tiene por objeto facultar a la autoridad de aplicación a celebrar convenios y gestionar líneas de créditos con el Nuevo Banco del Chaco S.A. y las asociaciones, cooperativas y/o consorcios de productores, así como con entidades financieras nacionales y/o internacionales; tendientes a llevar adelante los objetivos de esta normativa.