Es así que se modifica el artículo 9º de la Ley Nº 2086-C en lo referente a la composición estableciendo que : los órganos a los que se le asigna la responsabilidad primordial y específica en la aplicación del Sistema Integral de Protección de Derechos, son los siguientes:
a) Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, con sede en la Ciudad de Resistencia. Descentralizado administrativamente en diez Delegaciones Administrativas Regionales, en las ciudades cabeceras coincidentes con las regiones en que se divide la Provincia; b) Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia integrado conforme lo establece el artículo 18 de la presente ley; c) Diez Consejos Regionales de Representantes Locales, coincidentes con las Regiones en que se encuentra dividida la Provincia de acuerdo con lo establecido por Decreto 08/2020 y su modificatoria, y las integraciones territoriales resultantes de la misma.”
Además se modifica el artículo 18 de la Ley Nº 2086-C, en cuanto a la conformación del Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia que estará conformado también a partir de la modificación por un representante de cada una de las diez regiones.
Por otra parte se modifica el artículo 19 que se refiere a la forma de designación estableciendo que los representantes de las diez Regiones serán designados por los respectivos Consejos Regionales de Representantes Locales previstos en la ley.
El diputado Roberto Acosta señaló “puntualmente se elevan de 8 a 10 consejos regionales con la incorporación de Basail y Santa Sylvina” destacó que “el proyecto fue despachado por unanimidad porque entendemos que con esto se trata de darle una mayor accesibilidad y herramientas a actores que trabajan en la protección de niñas, niños y adolescentes”.