Legislatura

19/04/2017

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SIMPLIFICAN TRÁMITE PARA OBTENER LICENCIAS DE PESCA





Con un texto consensuado a partir de las iniciativas 280/14 del diputado Ricardo Sánchez y 4195/16 de Livio Gutiérrez, se sancionó la Ley 7995 por la que se modifica el Artículo 8º de la Ley 5628 "Manejo de los Recursos Acuícolas y Pesca", en lo referido a la obtención de licencias para pescadores.

 

El artículo mencionado quedará redactado de la siguiente manera "Articulo 8º: el organismo de aplicación podrá establecer un cupo anual de licencias a pescadores comerciales definiendo la especialidad morenero, espinelero o mallonero. Las licencias deberán extenderse a nombre de pescadores comerciales para uso propio fijándose el costo de las mismas por especialidad. Estas licencias tendrán vigencia de un año considerando a partir de la fecha de su otorgamiento y las mismas no podrán ser cedidas, vendidas o transferidas bajo ninguna forma legal, comercial ni circunstancia personal. El organismo pertinente otorgará permisos para aquellos pescadores que tengan problemas económicos para regularizar su situación por el término de noventa días, el que no será renovable”.