De ser sancionado como ley por el Cuerpo Legislativo, los objetivos serán: promover la asistencia nutricional de niños, que por diversas patologías no puedan consumir leche materna (lactancia materna) o leches maternizadas (formula normal), reduciendo los impactos físicos y cognitivos que conlleva el déficit de alimentación de un producto esencial como la leche en los primeros años de vida.
También promoverá la coordinación con los demás programas y normas vigentes a nivel Nacional, Provincial o Municipal que tengan objetivos similares o complementarios, a fin de lograr un último estado de salud nutricional de los niños.
Por ello deberá proveer de leches medicamentosas (formulas especiales) a todo niño chaqueño, que carezca de cobertura de salud otorgada por obras sociales y prepagas, a fin de lograr un óptimo estado de salud en la primera infancia
Se llamará “primera infancia”, al paciente pediátrico de 0 a 3 años y en cuanto a los beneficiarios serán aquellos pacientes, dentro de la primera infancia, que presente la correspondiente prescripción del médico pediatra que así lo indique, realizándose previamente todos los exámenes complementarios correspondientes, debiendo ser presentados ante la autoridad competente.
Fundamentos
La legisladora explicó la necesidad de contar con esta iniciativa ya que “las alergias alimentarias se encuentran en cualquier grupo etario, siendo más frecuentes en la primera infancia. La leche es el primer alimento ingerido por cualquier mamífero, incluidos los seres humanos, por ende al ser lo primero que se introduce en la dieta de un neonato, es la APLV la primera alergia que se presenta, afectando a un 2% de la población”.
Hace referencia a que si bien la provincia del Chaco adhirió a la Ley Nacional Nº 27.305, establece la “obligación de otorgar leche medicamentosa a determinados beneficiarios” que tienen obra social,
“nada se dice del paciente sin cobertura de salud, siendo un vacío que debe ser subsanado, y eso se hace con mayor presencia del Estado”.