El proyecto lleva el Nº 2627/17 y en sus artículos establece la creación de dicho Programa (PEV), entendiendo “Personas que Ejercen Violencia” a todo aquel que haya ejercido violencia contra la mujer en los términos de la Ley Nacional 26.485
En caso de obtener sanción del Cuerpo Legislativo, los Centros de Abordaje de Personas que Ejercen Violencia tendrán como función principal, brindar tratamiento especializado e interdisciplinario a las mismas, ya sea que asistan de forma voluntaria o por orden judicial.
Este tratamiento deberá tener en cuenta, los siguientes aspectos: evaluar en su primera fase las violencias y el nivel de motivación para la modificación de sus actos; orientar a la Persona que Ejerce Violencia para comprender la dañosidad de sus actos y las consecuencias de los mismos.
Deberá trabajar estereotipos patriarcales, roles sexuales, control de los impulsos, los celos, entre otros; haciendo hincapié en las nuevas masculinidades; promover el control de las conductas violentas y su reincidencia; toda otra medida tendiente a revertir conductas que representen violencia en los términos de la ley y a evitar su reiteración.
En cuanto a la conformación del centro, se prevé que estarán integrados de forma interdisciplinaria por profesionales de las áreas de psicología, psiquiatría, trabajo social, enfermería, terapia ocupacional y otras disciplinas o campos pertinentes. El órgano de aplicación será Ministerio de Gobierno y Relación con la Comunidad y tendrá a su cargo el desarrollo de campañas de información y sensibilización sobre los impactos psicológicos recibidos por las víctimas, como así también campañas de prevención relacionadas con la temática.
En los argumentos, Segovia consideró necesario “hacer hincapié en la doble dimensión de análisis que queda implícita cuando se utiliza la perspectiva de género para examinar los hechos de violencia masculina: por un lado está la responsabilidad individual de un sujeto que toma la decisión de resolver sus conflictos de una manera violenta; ello, por su parte, converge con una estructura sociocultural que favorece, impulsa y reproduce las condiciones y situaciones concretas en el marco de las cuales aquel individuo tomó sus decisiones”.
“De tal suerte que ninguna de las dos dimensiones exime de responsabilidad o justifica a la otra, justamente la transversalidad de la perspectiva de género permite visibilizar ambas en cada hecho concreto de violencia”, subrayó la legisladora.