El Poder Legislativo del Chaco, aprobó la Ley 3945 E, autoría del diputado Rodrigo Ocampo, por medio de la cual se instituye el día en la cual se deberá arbitrar los mecanismos pertinentes para realizar actividades referidas a la conmemoración de dicha fecha y a realizar difusión de las mismas.
Las actividades perseguirán la resignificación del sentido cultural de nuestra cumbia provincial visibilizando el potencial del sector como fuente de generación de empleo, con posibilidades reales de crecimiento, arraigo e introducción al arte y la cultura de la música popular.
La autoridad de aplicación deberá publicitar y difundir la conmemoración del Día destacando el importante rol de la cumbia chaqueña en la realidad provincial.
Además propenderá poner en valor y destacar la contribución a la música popular por parte de las distintas bandas y músicos e intérpretes dentro del género musical, y establecer una agenda amplia y participativa de actividades alusivas con el objetivo de publicitar la producción de nuevas bandas de músicos chaqueños.
También determina la realización de dos reconocimientos al músico, banda o intérprete de cumbia chaqueña, al desempeño y trayectoria sostenida o perdurable en el tiempo, al Grupo Revelación del año, en consideración a hit, éxito, jingle o sencillo anual.