Al concretarse la aprobación de la norma, la legisladora peronista explicó: “Tiene el propósito de generar un espacio de conciencia, reflexión y debate sobre la defensa y protección del ambiente en toda la Provincia. Se trata de un camino en el cual se reconoce primero el enorme daño que la Humanidad ha provocado en nuestro planeta con el pretexto sesgado de la Modernidad, desde la cual se ha reducido a la Naturaleza como un simple “bien” susceptible de ser super-explotado. Este largo proceso que hoy se manifiesta como una crisis ambiental en términos de catástrofe ecológica, que va mucho más allá de lo que fríamente se describe como cambio climático”.
La diputada recordó que su proyecto se fundamentó en antecedentes normativos que registra las Constituciones Nacional y Provincial en lo vinculado a la protección del Ambiente. También destacó que en el Chaco se sancionaron diversas leyes que tratan el Derecho Ambiental, como ser:
• la Ley 1887 – E (anteriormente 6691) de Educación Provincial que advierte la Preservación del Ambiente en los Planes de Estudio.
• la Ley 783 – R (anteriormente 3964) de Defensa del Ambiente.
• la Ley 880 – R (anteriormente 4302) de Protección Ambiental.
• la Ley 1400 – E (anteriormente 5556) que establece el marco legal para la investigación, preservación, protección, restauración, promoción, y transmisión a las generaciones futuras del patrimonio histórico cultural y natural de la Provincia.
Bogado Enfatizó luego: “La versión definitiva del Proyecto de Ley fue el resultado de los aportes provenientes de los estudiantes, con quienes hemos compartido jornadas de debate profundo, intercambiando inquietudes y propuestas junto a representantes del Ministerio de Ambiente y del Ministerio de Educación de la Provincia. También hicimos una solicitud de opinión al Instituto del Aborigen del Chaco (IDACH) en virtud de este reconocimiento cabal de la profunda sabiduría que nuestros pueblos originarios han tenido en el cuidado del planeta”.
“Por ejemplo – agregó - fue a instancias de los propios estudiantes que se culminó confiriéndole un alcance más amplio a la ceremonia de Compromiso, asignándosele una extensión abarcativa de todos los establecimientos educativos e incorporándose la realización de múltiples actividades vinculadas a la temática ambiental, según quedara contemplado en el texto final de la norma. Estas innovaciones le dieron mayor valor a la idea original que sea en nuestras escuelas donde crezca y se consolide, entonces, este compromiso con la Madre Tierra que – si lo sabemos proteger como espacio pedagógico – irá transformándose en un permanente pacto entre generaciones de chaqueños para conocer y defender nuestro Hábitat natural”.
Las definiciones de la Ley
En su artículo 1, la flamante ley instituye la ceremonia escolar “Compromiso de Protección y Preservación de la Madre Tierra y de sus Derechos”, que tendrá lugar el 5 de junio de cada año, en ocasión del Día Mundial del Ambiente, en todos los establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
En su artículo 2, se dispone que para esa ceremonia, los Directores de los establecimientos educativos darán lectura a los alumnos de la siguiente formula:” Por los conocimientos adquiridos sobre los principales componentes del ambiente, el concepto de desarrollo sostenible, la trascendencia que tiene para la vida el resguardo de la biodiversidad y de los instrumentos de gestión que permiten alcanzarlo, más la enseñanza que han recibido sobre la realidad ambiental, la riqueza del Chaco y la Región:¿se comprometen a difundir esos conocimientos y a adoptar hábitos y conductas amigables con nuestra Casa Común, que favorezcan la protección del patrimonio natural y cultural de la provincia, logrando un entorno favorables para el mejoramiento de la calidad de vida de las actuales y futuras generaciones de la provincia ?”. Ante lo cual los alumnos deberán responder: “Si, me comprometo”.
El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, será la autoridad de aplicación de la presente ley y, en tal carácter, deberá reglamentar la misma y los contenidos curriculares trasversales de “Educación Ambiental”. También quedará bajo la órbita del Ministerio, la realización de múltiples y variadas actividades vinculadas a la temática, entre otras: plantaciones de árboles, campañas de reciclajes y limpieza, conciertos, concurso de afiches, producciones literarias y audiovisuales, exhibiciones fotográficas, trabajos de investigación, talleres, paneles de debate, conferencias y promoverá su difusión en todo el ámbito provincial.