Legislatura

08/11/2017

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Adhiere la Provincia del Chaco a la Ley de Apoyo al Capital Emprendedor





La Legislatura sancionó por unanimidad la Ley 2711-F, impulsada en distintas iniciativas por el Poder Ejecutivo y legisladores del Interbloque Cambiemos, Livio Gutiérrez y Luis El Halli Obeid por la que adhiere la Provincia del Chaco a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nacional 27.349 -de Apoyo al Capital Emprendedor-, en lo relativo a las exenciones impositivas.


Las exenciones impositivas que se implementan en el marco de la presente, alcanzan al Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE) y al Fiduciario en lo relativo a las operaciones directamente relacionadas con aquél, exclusivamente las concernientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos y al Impuesto de Sellos, establecidos en los Títulos Segundo y Tercero respectivamente, del Libro Segundo del Código Tributario Provincial, ley 83-F (antes Decreto-Ley 2444/62), como también el Adicional del diez por ciento (10%) dispuesto por Ley Nº 666-K (antes ley 3565).

La autoridad de aplicación de la ley será Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, quien queda facultado para dictar las normas reglamentarias para lograr la operatividad de las prescripciones establecidas en esta ley. Asimismo, se encomienda al Poder Ejecutivo para que, a través de los organismos pertinentes, implemente la debida adecuación normativa que resulte necesaria a los fines de la implementación de la norma. 

Beatriz Bogado, Presidenta de la Comisión de Hacienda, mocionó el tratamiento en el Recinto y remarcó que la ley tiene como finalidad facilitar la constitución, promoción, crecimiento y desarrollo de todo tipo de emprendimiento productivo, y plantea esquemas desde la conformación de formas jurídicas nuevas, la constitución de un fondo fiduciario para desarrollo de capital emprendedor, cuestiones que tienen que ver con la creación de un registro, y la conformación de un consejo federal integrado por varios organismos”.

“Los beneficios impositivos son amplios y abarcan desde el aporte de capital, como las ganancias probables, como el impuesto a las ganancias, y en lo específicamente referido a las ganancias: ganancia presunta, ganancias a paliar en los débitos a las cuentas bancarias, al IVA, tanto los impuestos provinciales y municipales” señaló, “es por eso, que este proyecto en particular plantea la adhesión a ese artículo 21, por el cual a partir de la sanción de la presente ley todos aquellos emprendimientos que estén reconocidos en el marco de a ley -para lo cual se requiere la inscripción en ese registro creado- podrán acogerse al beneficio de exención de impuestos provinciales a ingresos brutos y a los sellos”.

Livio Gutiérrez, autor de una de las iniciativas, destacó que “la ley nacional 27349 ha creado un régimen especial para los emprendedores, hay nuevas figuras societarias para la creación de pequeñas empresas, esta ley implica beneficios no solo impositivos sino que aligera trámites administrativos, quitando impuestos provinciales aceleramos la constitución de estas pequeñas empresas”.

“Entendemos que desde la provincia del Chaco podemos ayudar al Gobierno Nacional con estas nuevas constituciones de empresas, la velocidad implica desde el punto de vista informático ampliar el universo Pymes y vamos a generar trabajo”.