El dictamen modifica el inciso d) del artículo 5º de la ley 1495-C (antes ley 5799) el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 5º: Para la inscripción en la matrícula de Corredor Inmobiliario se deberán cumplir los siguientes requisitos: a)...;b)...;c)...; d) Poseer título universitario o de nivel superior de Corredor Inmobiliario, el que deberá estar aprobado por el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología o máxima autoridad educativa de la Jurisdicción a la cual pertenece.
La Comisión la presidió su titular diputado Darío Bacileff Ivanoff, con quórum de sus pares María Elena Vargas, Nadia García Amud, Irene Dumrauf y Gustavo Corradi.