Las modificaciones incluyen garantizar, facilitar, trasmitir, informar, instruir y respetar la educación en los valores y principios que se les imparta a los niños, niñas y adolescentes en el seno familiar están avaladas por normativas internacionales como la Convención Americana sobre los Derechos del Niño, la Declaración Universal de Derechos Humanos y diversos tratados y pactos internacionales celebrados por la República Argentina. Considerando la importancia de la patria potestad ejercida por los padres sobre los hijos teniendo siempre en cuenta que la enseñanza de los contenidos sobre educación sexual no avasallen ese derecho elemental de los padres. “Desde mis convicciones considero que la anterior Ley de Educación Sexual Integral incluye la ideología de género, contraría a las leyes naturales, los principios y valores de muchas familias” sostuvo la legisladora. Agregando que asimismo la Ley 1502-E, aprobada en el año 2006, tiene contenidos que, de acuerdo a la dinámica social actual y en un todo de acuerdo a las situaciones que se suscitan en el ámbito de la sociedad y en especial en el de la educación; conlleva a concluir de que existe una necesidad de introducir cambios que se adapten a la nueva realidad sociocultural pero siempre al margen de que la familia no puede estar ausente en la implementación por parte de las autoridades educativas, en la enseñanza de la educación sexual integral.
Entre las modificaciones presentadas en este proyecto de Ley se faculta en su artículo 6 al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología para la definición de los contenidos específicos de la Educación Sexual Integral y a su vez conformar un equipo interdisciplinario en conjunto con profesionales de la salud, psicólogos y sectores representativos de la sociedad como iglesias, grupos étnicos y organizaciones no gubernamentales.
Concluyendo que desde el lugar que hoy ocupa como legisladora está decidida a no propiciar el adoctrinamiento sexual de los niños que son el futuro y los más vulnerables a lo que los adultos le transmitimos en cuanto a conocimientos de la vida. Remarcando siempre que el Estado no puede transformarse en adoctrinador de la ideología de género, sino en un garante del respeto del derecho a la intimidad y a la dignidad del niño, así como a la responsabilidad de los padres, consagrada legal y constitucionalmente y que las escuelas no deben convertirse en impartidoras de una educación errónea a lo que respecta a educación sexual.