Requisitos
Podrán participar como postulantes al premio, toda persona física o jurídica que acredite fehacientemente una trayectoria cívica en defensa de la igualdad de género y su lucha contra la erradicación de toda forma de violencia contra la mujer en la Provincia, con domicilio real o residencia efectiva no menor a cinco años, en la misma.
La propuesta podrá recaer en una persona física fallecida, en cuyo caso el mismo se instituirá con carácter de ´post mortem´, no podrán participar las instituciones y organismos del Estado cuya función principal coincida con los fines perseguidos por la ley.
El premio
El premio consistirá en: una placa en la que figurará la imagen del Escudo de la Provincia del Chaco y en el contorno la inscripción “Premio Anual de Reconocimiento a la Labor más Destacada en la Erradicación de la Violencia de Género de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco “Bettina Vásquez”, en el centro se grabará el nombre del titular y la fecha en que se concede y por el término de un año se imprimirá en forma gratuita la folletería o material para la difusión de las actividades de la entidad a la que representa.
La Ley Nro.2039-E (Antes Ley 7068) instituyó el Premio Anual de Reconocimiento a la labor más destacada en la Erradicación de la Violencia de Género de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco “Bettina Vásquez”, destinado a reconocer a una persona física o jurídica por su trayectoria cívica en defensa de la igualdad de género y su lucha contra la erradicación de toda forma de violencia contra la mujer en la Provincia.