El primer punto con respaldo dividido fue el PL 5027/17 por el que se persigue la declaración de la “Emergencia en Materia de Consumo Problemático de Sustancias Toxicas” en la provincia, iniciativa que partió de la presidenta Elida Cuesta y que recibió el acompañamiento de la legisladora María Elena Vargas, en tanto que los diputados de Cambiemos, adelantaron su acuerdo con la propuesta, pero mocionaron su permanencia en cartera.
Además despacharon varias propuestas de resoluciones expresando preocupación respecto a la cobertura de las necesidades básicas de la canasta alimentaria con lo que se percibe mensualmente de la Asignación Universal por Hijo, en igual sentido se manifestaron ante el informe del Centro De Economía Política Argentina que da cuenta que en el presente año el Poder Ejecutivo Nacional todavía no ejecutó el 42% del presupuesto destinado a políticas sociales y alimentarias, cuestiones que recibieron el respaldo de la diputada María Elena Vargas y Aurelio Díaz, en tanto que desde Cambiemos aconsejaron su permanencia en cartera.
Finalizada la reunión Obeid en su condición de titular de la Comisión opinó sobre el veto total del Ejecutivo sobre la sanción legislativa 3058-G que todavía no tuvo ingreso a la comisión de Salud para su tratamiento y al respecto precisó: “el gobernador argumenta en el veto que no garantiza la norma que aprobamos el derecho de objeción de conciencia, cosa que de ninguna manera está referido ahí, por lo que creo que hay una confusión de interpretación”.
Además relató que “donde fundamenta de la obligatoriedad que violentaría la libertad moral y de conciencia, tampoco hablamos de eso en la sanción legislativa, y que no garantiza el derecho moral y de conciencia por lo que tampoco estamos de acuerdo con eso” indicó.
Analizando en su conjunto los puntos que tuvo en cuenta el gobernador para tomar la decisión precisó “nosotros remarcamos que no se puede confundir el deber de informar, con promover o realizar la práctica” e indicó “lo más importante es el derecho del paciente a estar informado, no es una cuestión personalísima de lo que yo pienso o lo que supongo, ya que la pregunta central es si existe o no derecho al aborto, y en esto hay que ser claros, en la Argentina existe el derecho en dos situación puntuales, contempladas desde el año 1921 en el Código Penal en artículo 86 casos en los que no son punibles” detalló.
Es por ello que continuó explicando que con la sanción legislativa por la Legislatura Chaqueña “se les está diciendo a los profesionales que sepan a qué atenerse en el caso de que se les presente una de estas situaciones, y que negando este derecho no vamos a resolver la cuestión”.
Vale aclarar que la ley original, recientemente vetada, persigue una difusión y capacitación de los derechos consagrados en la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles, tanto al público en general como a los efectores de salud, en particular aquellos donde se ejecuta el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable y la atención de ginecología y obstetricia.