Presidió el encuentro la titular de la Comisión de Legislación General, Clara Pérez Otazú, y contó con la participación de sus pares Silvina Canteros Reiser, Livio Gutiérrez, Claudia Panzardi, Tere Cubells y Dorys Arkwright, así como representantes de los poderes Ejecutivo y Judicial, el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa y otras instituciones.
Al finalizar el encuentro la diputada Pérez Otazú detalló “hoy iniciamos el primer encuentro de esta mesa de trabajo con distintos organismos y representantes del área penal de la provincia del Chaco, y de la reunión surgió la necesidad de empezar a trabajar en una reforma integral y moderna de nuestro Código Procesal Penal” y señaló “en este sentido vamos a trabajar estos 15 días para volver a encontrarnos en este auditorio con las propuestas necesarias para poder abordar este Código novedoso y actual”.
“Hicimos un breve análisis de todos los proyectos que están radicados en la comisión a los que todos y cada uno de los integrantes tiene acceso, para poder de esta manera, en la próxima reunión, seguir avanzando y dando un abordaje integral de todas estas cuestiones para que luego podamos trasladar estas inquietudes a las circunscripciones de la provincia” remarcó.
Esta Comisión Técnico Revisora fue creada por Resolución 590/22 de la Cámara de Diputados, integrada por representantes de los tres Poderes del Estado; el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa; las Universidades; los Colegios y Consejos de Abogados de las seis circunscripciones judiciales; la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la Provincia del Chaco y toda otra entidad u organismo que a criterio de la comisión considere pertinente su participación.
La misma tiene como funciones analizar y estudiar las propuestas de ley con estado parlamentario; analizar, estudiar, investigar y sistematizar legislación comparada, usos y costumbres locales, doctrina y jurisprudencia nacional y provincial relevante en la materia, a los efectos de integrar, ordenar y sistematizar en un cuerpo normativo procesal especial, todas las innovaciones y reformas acordes al derecho positivo aplicable; y asegurar la vigencia de los derechos establecidos en los Códigos de Fondo, la Constitución Nacional y de las leyes, decretos, tratados y demás regímenes legales que en su consecuencia se dicten referidos a la temática.