DETERMINA EL 05 DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO COMO ASUETO LABORAL PARA LAS MUJERES PERTENECIENTES A LOS PUEBLOS ORIGINARIOS EN TODOS LOS ÁMBITOS DE LOS PODERES EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO.-
MODIFICA LA LEY 1940 - A, LEY ORGÁNICA DE FISCALÍA DE ESTADO FISCAL DE ESTADO REPRESENTACIÓN Y AUTONOMÍA (ANTES LEY 6808).-
CREA EL PROGRAMA DE BECAS DE INCLUSIÓN ESCOLAR PARA EL NIVEL SECUNDARIO, DESTINADO A ESTUDIANTES ENTRE 14 A 16 AÑOS, QUE, POR DIVERSAS CIRCUNSTANCIAS, DEBIERON SUSPENDER SU ESCOLARIDAD REGULAR OBLIGATORIA.-
DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA E INTERÉS SOCIAL Y SUJETO A EXPROPIACIÓN INMUEBLES UBICADOS EN LA LOCALIDAD DE PUERTO VILELAS.-
MODIFICA LA LEY 965-N (EX 4538) CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO.-