Bases y Condiciones
La propuesta establece que podrá participar cualquier persona física o jurídica que se destaque o se haya destacado, por su “labor en la Erradicación de la Violencia de Género en la provincia del Chaco”, con domicilio real en la provincia, y una antigüedad en la misma de 2 años. Tendrá vigencia en todo el territorio de la provincia del Chaco, cuya entrega se hará cada año.
La solicitud deberá ser ingresada por escrito y en sobre cerrado, por vía postal o personalmente. El sobre debe contener datos verificables del candidato/a, y una descripción de trabajos comprobables realizados y deberá ser ingresado por Mesa de Entradas de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, ubicado en Güemes 140, 3º piso, y dirigido a la Comisión de Derechos Humanos.
Cabe destacar que el otorgamiento del premio estará a cargo de una Comisión de Evaluación y Adjudicación.
El Premio
El premio consistirá, según lo prevé en el artículo 4º de la mencionada ley, en una placa, en cuy anverso figurará la imagen del escudo de la provincia y en el reverso formando el contorno la inscripción “Premio Anual de Reconocimiento a la Labor más Destacada en la Erradicación de la violencia de Genero de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco”, en el centro se grabará el nombre del titular y la fecha en que se concede la placa.