Según el proyecto “dicha información deberá exhibirse, mediante la colocación de un cartel visible en la entrada del establecimiento y en la carta del menú. En caso de la existencia del mismo, deberá constar su costo y los productos que incluye”. Asimismo, se busca prohibir el cobro de estos servicios a menores de 12 años de edad.
La autoridad de aplicación propuesta es la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, la que, de sancionarse la norma deberá establecer la sanción que considere correspondiente ante el incumplimiento de la misma.
En los fundamentos, el legislador destaca que “en nuestra Provincia contamos con numerosos comercios del rubro gastronómico, y es necesario para las partes que intervienen en cada relación de compra-venta de los productos y servicios que se ofrecen, tener bien claro cuál será el costo total y real que se debe abonar” y sostiene que “de esta manera, estableciendo relaciones claras entre comerciantes y consumidores evitaremos todo tipo de malos entendidos o de conflictos”.
inaria vial a fin de enfrentar con mayor fortaleza y contundencia, la gestión operativa en lo que respecta a la conservación y mantenimiento de la red provincial de caminos” detalló en los fundamentos de la norma.
“Dado los anuncios e informes del Gobierno provincial donde dan cuenta que el DVP se ha equipado y renovado su parque de maquinarias, es oportuno que se devuelva el 30 por ciento que se les había restado a los Consorcios Camineros cuando se modificó la Ley 3565 y de esta manera restablecer el quantum de lo asignado a los Consorcios Camineros en su forma original, para la tranquilidad los directivos e integrantes de los Consorcios Camineros en el desarrollo de sus tareas y funciones, acompañando el desarrollo productivo primario de nuestra provincia sin sobresaltos, en forma armónica y sustentable”, plantea.